
En los últimos días ha cobrado fuerza la versión de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede imponer multas de hasta 35 mil pesos a quienes reciban una transferencia bancaria de un familiar o amigo. Aunque la afirmación tiene un sustento legal, la realidad es que no todas las operaciones de este tipo están sujetas a una sanción.
La legislación fiscal mexicana no castiga el simple hecho de recibir dinero mediante una transferencia electrónica. Lo que sí contempla son obligaciones específicas cuando esos recursos corresponden a préstamos, donativos, premios u otros ingresos que, por su naturaleza y monto, deben ser informados a la autoridad.


