La Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios (AMPI) confió en que las nuevas disposiciones de la denominada ley antilavado contribuirán a abatir la informalidad con que opera el 85% de los agentes inmobiliarios, lo que en Coahuila representa unas 340 personas involucradas en esta actividad.
La presidenta del organismo en la Región Sureste de la entidad, Sandra Guadalupe Cuevas Jáuregui, dijo a VANGUARDIA que la reciente reforma a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) viene a normar una actividad que estaba poco regulada.
TE PUEDE INTERESAR: Saltillo alista actividades por el Mundial 2026: Javier Díaz
Debido a esto, los intermediarios en bienes raíces, que en su mayoría rehúsan registrarse, a pesar de que lo pueden hacer gratis, “se prestaban para el fraude, con propiedades que no eran legales”, expuso.
Ahora, el gremio tiene que asegurarse de la procedencia de los recursos implícitos en las operaciones, y debe llenar nuevos formatos para cumplir con todos los reglamentos de dicho ordenamiento legal, explicó.
Los entes sujetos a la NOM-247-SE-2021 deben proveer información clara, veraz y no especulativa en toda su publicidad, contratos e intermediación; esto aplica incluso en la publicación de precios, tarifas, calidades, medidas, materiales, acabados, garantías, seguros, intereses, cargos, condiciones de pago y plazos.
También es obligatorio registrar los contratos de adhesión ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) antes de su comercialización.
Por otra parte, se establece una garantía mínima de cinco años para cuestiones estructurales y de tres años para impermeabilización en viviendas nuevas, en tanto se determina proteger el patrimonio de los compradores y asegurar que las viviendas cumplan con lo prometido en la publicidad y los contratos.
La LFPIORPI contempla multas por parte de la Profeco de entre 22 mil 628 y 226 mil 280 pesos por incumplir obligaciones básicas (artículo 18), así como sanciones de entre 226 mil 280 a 1 millón 131 mil 400 pesos por irregularidades relacionadas con el beneficiario controlador (artículo 53).
TE PUEDE INTERESAR: Coahuila: diputado gestiona empleos temporales para ex trabajadores de AHMSA
Dispone también multas de 1.1 millones a 7.3 millones de pesos —igual a 65 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA)— por omisión en la presentación de avisos, rebasar umbrales en cuanto al monto de las transacciones o participar en operaciones con recursos ilícitos (artículos 17, 32 y 54).
Las anteriores sanciones podrían incluir la suspensión de actividades comerciales, la inclusión del asesor en listas negras de prevención financiera y, si no reporta una operación sospechosa, podría ser investigado como cómplice en actos de lavado de dinero, incluso si no fuera intencional. Ello apunta a la necesidad de contar con asesoría jurídica especializada.
Cuevas Jáuregui refirió que una de las obligaciones que más se procura cumplir es “tener la papelería adecuada de la propiedad”.
Dio a conocer que, si bien ninguno de los socios de la AMPI ha sido sancionado desde que se modificó la ley antilavado, se tiene conocimiento de que ya se han aplicado multas por incumplimiento a otros agentes del estado.
“Esto es bueno, pues al final todos los que no trabajan de manera informal tendrán que alinearse, lo cual beneficia a quienes trabajamos en regla, sobre todo al consumidor, generándole confianza… Desafortunadamente, sigue habiendo muchos corredores que carecen de profesionalismo”.
La mayoría de los sujetos obligados coinciden en que las nuevas disposiciones de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, vigentes desde julio de 2025, han intensificado y añadido responsabilidades específicas para los notarios, mismas que antes no estaban detalladas con el mismo nivel de exigencia o que simplemente no existían.
