El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo propondrá a la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) un proyecto de sentencia con el que negarán el amparo directo al productor televisivo, Luis de Llano Macedo, contra la condena civil que se le impuso en el caso de la cantante Sasha Sokol, a quien señaló la también actriz de haber abusado de ella durante una relación cuando ella tenía 14 años y él 39 años.
Se tiene previsto que los ministros de la Primera Sala discutan el proyecto el próximo 25 de junio. De ser aprobado, la SCJN establecería que no hay plazo de prescripción para que las personas víctimas de abuso sexual, puedan demandar por la vía civil a sus agresores, toda vez que, señala Pardo Rebolledo en su sentencia, “cualquier medida prescriptiva lesionaría el derecho de acceso a la justicia de las víctimas, lo que además se traduciría en la falta de obtener una compensación por el daño sufrido”.
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Dicho asunto llegó al máximo tribunal, luego que la Primera Sala aprobó ejercer la facultad de atracción solicitada por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá de un amparo directo presentado contra la sentencia de la Séptima Sala Civil de la Ciudad de México.
“Se determina que cualquier término de prescripción vulneraría los derechos de acceso a la justicia de las personas que sufrieron violencia sexual cuando eran menores de edad, lo que además vulneraría el derecho a la libertad y seguridad sexual, a vivir una vida libre de violencia y a la integridad personal; por ello, debe considerarse que para estos casos no debe correr la prescripción” indica la sentencia de Pardo Rebolledo.
Cabe recordar que en octubre del año pasado, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena propuso a los ministros de la Primera Sala atraer el caso, por ser de interés y trascendencia, además porque les permitirá sentar un precedente.
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Tras aceptar la propuesta, fue turnado a ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien propondrá negar la protección de la justicia a De Llano Macedo, quien inconforme con la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, que lo condenó al pago de una indemnización por el daño causado a Sokol.
“A la fecha, tanto un juez de primera instancia, como una sala de apelación del Tribunal de Justicia de la Ciudad de México, han emitido sentencias a mi favor determinando que, efectivamente, Luis de Llano cometió abuso sexual y además me revictimizó a través de sus declaraciones;
“Por tales conductas ya ha sido condenado a emitir una disculpa pública, tomar un curso especializado en prevención de conductas de abuso sexual, no volver a mencionarme y reparar el daño causado. Como lo he mencionado antes, los montos que eventualmente se determinen como indemnización serán donados íntegramente a ADIVAC, una organización civil dedicada a combatir y prevenir el abuso sexual de menores”, acusó.
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En septiembre de 2023, una instancia local le dio la razón a Sokol y sentenció a De Llano a una disculpa pública como reparación del daño moral, a raíz de sus comentarios realizados en una entrevista en YouTube, así como una indemnización por responsabilidad civil. A lo que productor promovió un amparo al considerar que el derecho de la cantante a demandar había prescrito, luego que los hechos ocurrieron hace 35 años.
En 2022, Sokol denunció en redes sociales, durante la conmemoración del 8 de marzo -Día Internacional de la Mujer-, que Luis de Llano abusó sexualmente de ella, cuando él tenía 39 años y ella 14, en 1984; cuando él era productor musical y ella integrante de la banda Timbiriche.