
El Gobierno federal alista cambios al reglamento antilavado que concentran más vigilancia directa del SAT y la UIF, elevan las obligaciones de reporte y permiten sancionar con mayor rapidez, incluso con verificaciones apoyadas por la fuerza pública.
El proyecto del Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, refuerza ese esquema al dar a la autoridad margen para requerir información en cualquier momento, sin intermediarios, realizar visitas de verificación, revisar auditorías y ordenar correcciones dentro de plazos definidos.
‘Solicitar el auxilio de la fuerza pública federal o local, cuando las circunstancias así lo requieran, para el ejercicio de sus facultades’, establece.
‘Llevar a cabo las visitas de verificación y, en su caso, requerir la información, documentación, datos o imágenes necesarios para comprobar el cumplimiento de las obligaciones’.
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El ajuste también acelera la aplicación de sanciones, ya que si los sujetos obligados no entregan información, la presentan incompleta o incumplen requerimientos, el SAT podrá imponer multas sin pasar por procesos largos.
‘En caso de no ser atendido el requerimiento, el SAT impondrá las sanciones administrativas que correspondan, sin implementar el procedimiento sancionador’, indica. Además, busca fortalecer el control directo, ya que la autoridad podrá solicitar datos en cualquier momento y sin intermediarios, incluyendo documentos, registros, imágenes y cualquier otro elemento vinculado con las operaciones.
En el documento se fija un plazo máximo de 10 días hábiles para responder a los requerimientos, con sanciones en caso de omisión. Otra de las novedades es el reporte en 24 horas de intentos de operación sospechosa, aun cuando no se concreten, lo que amplía el monitoreo a conductas de riesgo.
Se incorpora también la vigilancia sobre operaciones fragmentadas, ya que las transacciones acumuladas en un periodo de hasta seis meses que superen los montos establecidos deberán reportarse como una sola.
El alcance se amplía al incluir instrumentos como vales, cupones y monederos electrónicos dentro del radar antilavado, al considerarlos susceptibles de utilizarse para adquirir bienes o disponer de recursos. Por otro lado, se extiende a 10 años el periodo en el que deberán conservarse avisos, documentos y registros, lo que permite rastrear operaciones por más tiempo.
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El proyecto también faculta al SAT para requerir información derivada de dictámenes de auditoría, tanto internos como externos, y exigir la corrección de inconsistencias detectadas. Además, en la propuesta se incorporan mecanismos para identificar operaciones vinculadas realizadas en periodos de 24 horas o más, con el objetivo de evitar esquemas de dispersión de recursos.
En el caso de fideicomisos, asociaciones u otras figuras colectivas, se establece la obligación de centralizar el cumplimiento y garantizar que todos sus integrantes atiendan las disposiciones.


