La nueva integración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) enfrentará retos monumentales, entre los que destacan el rezago de mil 300 casos, la inexperiencia como ministros de seis de los nueve que resultaron electos, y el riesgo de sanciones luego de que la reforma judicial estableció un plazo de seis meses a partir del conocimiento del asunto para resolver los casos del Máximo Tribunal del país.
De acuerdo con la ley, los nuevos ministros de la Corte tomarán protesta el 1 de septiembre de 2025 y ya no operarán la Primera y la Segunda Sala del Máximo Tribunal, las cuales enfrentan un rezago actual de 509 y 111 asuntos, respectivamente.
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Además, de acuerdo con información pública de la SCJN, el pleno tiene un rezago de 628 casos entre acciones de inconstitucionalidad, amparos, controversias constitucionales, impedimentos y recursos de reclamación, entre otros.
Lo anterior implica que los nuevos ministros recibirán más de mil casos pendientes que deberán resolver a marchas forzadas, pues la reforma judicial establece, en su artículo 17: “La Suprema Corte de Justicia de la Nación deberá resolver en un máximo de seis meses, contados a partir del conocimiento del asunto por parte de la autoridad competente”.
De acuerdo con estadísticas de la Suprema Corte e informes anuales, en 2023, la primera sala, la segunda sala, y el pleno de la Suprema Corte resolvieron en su conjunto un total de 4 mil 299 asuntos, mientras que, en 2024, las salas y el pleno resolvieron 3 mil 853 asuntos.
Con la nueva realidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya no tendrá el apoyo de las salas y 100% de los asuntos los deberá resolver el pleno, que además pasa de tener 11 a nueve ministros.
Por si fuera poco, de los aspirantes electos para ministros de la SCJN en los comicios del pasado 1 de junio, sólo Lenia Batres, Loretta Ortiz y Jazmín Esquivel tienen experiencia en el cargo, mientras que los seis restantes deberán atravesar por una curva de aprendizaje.
Esa curva no podrá ser prolongada, pues quienes no resuelvan en el plazo establecido deberán justificar los motivos ante el Tribunal de Disciplina Judicial y en caso de no hacerlo podrán ser sujetos de sanciones como amonestación, suspensión, sanción económica, e incluso la destitución.
Especialistas advierten un cúmulo de documentos justificatorios y permisividad por parte de Tribunal de Disciplina Judicial.
Para los expertos, las condiciones en que funcionará la nueva Corte y los resultados de la elección judicial son producto de una reforma hecha “desde la ideología”, que dejará rezago en la resolución de casos por falta de experiencia y de carrera judicial de los nuevos integrantes.
El politólogo de la UNAM, Sebastián Godínez, detalló que el objetivo de los comicios “era capturar al Poder Judicial y alinearlo con el oficialismo”, por lo que calificó el proceso como “la cooptación del Poder Judicial consumada”.
Recordó que pese a que la ley establece un plazo de seis meses para resolver los asuntos a partir de que se conozcan, en el artículo 20 se establece que “en caso de cumplirse con el plazo señalado y que no se haya dictado sentencia, el órgano jurisdiccional que conozca del asunto deberá dar aviso inmediato al Tribunal de Disciplina Judicial y justificar las razones de la demora”.
Por lo anterior, advirtió un cúmulo de documentos justificantes y permisividad por parte de los magistrados que integrarán el Tribunal de Disciplina Judicial.
”Vendrá una ola de escritos con justificaciones como “es que acabamos de llegar”, “son muchos casos”, “había mucho rezago”, “fue producto del régimen anterior”, y hay una alta probabilidad de que el tribunal los excuse, y esto lo digo con cierta certeza porque el tribunal, de acuerdo a los cómputos, quedará integrado con personajes afines a Morena, son viejos conocidos de las filas del partido en el gobierno, sentenció.
El constitucionalista también de la UNAM, Francisco Burgoa, consideró que la elección no fue otra cosa que una simulación: “La legitimidad no se obtiene sólo con votos, sino con procesos confiables, con estándares democráticos y esta elección claramente no lo fue y sí fue una simulación”, subrayó.
Sobre los nuevos plazos establecidos en la ley, Burgoa apuntó: “Muy difícilmente se cumplirán los plazos de seis meses para resolver asuntos.
El estándar de seis meses ignora la complejidad de muchos litigios constitucionales.
Cada asunto tiene sus propias características. Una cosa es fijar plazos en papel y otra resolver controversias de fondo con razonamientos sólidos y respetando el debido proceso.
La presión por cumplir tiempos podría traducirse en resoluciones de baja calidad o, peor, en criterios alineados al poder político, es decir, podríamos ver con frecuencia que la política se antepone al derecho”, precisó.
”El equilibrio entre celeridad, calidad y legitimidad será difícil, si no es que imposible. La forma en que tendrá que ganarse su legitimidad será a partir de sus sentencias defendiendo el orden constitucional y convencional y los derechos fundamentales. No ser condescendiente al poder ni a ningún grupo de interés, menos a las mayorías”, agregó.
El también catedrático de la UNAM coincidió en que es previsible que exista un cúmulo de documentos justificatorios ante el nuevo Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ).
“La realidad hará que, ante la imposibilidad auténtica de cumplir plazos en todos los casos, las justificaciones se volverán una constante o una práctica común y normal en el TDJ. También se prevé que el TDJ no será independiente ni autónomo, veamos los perfiles de quienes serán sus integrantes y por eso afirmo que fue capturado desde su diseño por el oficialismo. Ojalá y me equivoque, pero si los magistrados disciplinarios actúan como operadores políticos, no como contrapesos en ejercicio legítimo y de sus facultades, la supervisión será simulada y la persecución no será real. Se castigará la disidencia y se tolerará la ineficiencia cuando convenga al régimen. La vigilancia será selectiva”, indicó.
Casos destacados en fila de pendientes
Es probable que el total de los asuntos pendientes se reduzcan llegado el 1 de septiembre, pues varios ya están enlistados y probablemente el pleno actual los resuelva en las próximas semanas.
Destaca la acción de inconstitucionalidad 129/2023 por la que se impugnó una reforma en materia de concesiones para minería y agua, aprobada el 8 de mayo de 2023; también la acción de inconstitucionalidad 78/2022 de la reforma a la Ley Minera por la que se determinó que el litio es propiedad de nación y prohibió el otorgamiento de concesiones, licencias, contratos, permisos o autorizaciones a particulares.
Ambos asuntos ya están enlistados. Entre los casos que aún no están en listas y podría resolver el nuevo pleno, destaca la acción de inconstitucionalidad 136/2019, para impugnar la reforma por la que se amplió el catálogo de prisión preventiva oficiosa, en específico, en delitos fiscales; la acción de inconstitucionalidad 49/2022 por la que se impugnó la reforma a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley Federal de Revocación de Mandato, y el amparo en revisión 39/2022, promovido por la organización R3D para impugnar la creación del Banco de ADN para uso forense, por presuntamente vulnerar los derechos a la privacidad, intimidad y protección de datos.